CFTEA: 9,18%
Cartera de Consumo. Válido en la República Argentina del 09/10/2024 al 30/04/2025 únicamente para clientes de Banco Supervielle S.A., Reconquista 330, C.A.B.A., CUIT 33500005179, Inscripto en I.G.J. N°23, F° 502, L.45, T°A de Estatutos Nac. (“Banco”) que perciban sus haberes mediante su acreditación en una cuenta “sueldo” radicada en el Banco. La presente no constituye una oferta de crédito. Préstamos hipotecarios en pesos a tasa fija, actualizable mediante la aplicación del coeficiente de estabilización de referencia (CER) publicado por el Banco Central de la República Argentina y expresado en Unidad de Valor Adquisitivo (UVA). Consulte tasas y condiciones para cada uno de los destinos al momento de la efectiva contratación. El efectivo otorgamiento de préstamos hipotecarios -en pesos, a tasa fija y con capital actualizable mediante la aplicación del coeficiente de estabilización de referencia (“CER”) y expresado en unidades de valor adquisitivo (“UVA”)- y el monto definitivo de los mismos está sujeto a: (i) aprobación crediticia y condiciones de contratación del Banco; (ii) que el inmueble resulte elegible (título perfecto sin gravámenes, embargos ni restricciones que impidan la constitución de la hipoteca, entre otros), (iii) que el cliente y co-deudores (de corresponder) cumplan con la política de cobertura de vida vigente en el Banco y (iv) tasación del inmueble aprobada por el Banco. Características y condiciones de los Préstamos Hipotecarios UVAs: Tasa fija, sistema de amortización francés. (i) Adquisición de vivienda permanente y no permanente: Monto máximo, sin límite. Monto mínimo $ 10.000.000. Plazo: hasta 15 años. Financiación: Hasta 70% del valor de tasación de la propiedad o el de compra, el que resulte menor en caso de vivienda permanente y 70% en caso de vivienda no permanente. (ii) Refacción y mejoras: Monto máximo, sin límite. Monto mínimo $ 5.000.000. Plazo: hasta [10] años. Financiación: Hasta 50 % del valor de tasación de la propiedad o del monto del presupuesto, el que fuera menor. (iii) Ampliación: Monto máximo, sin límite. Monto mínimo $ 10.000.000. Plazo: hasta [15] años. Financiación: Hasta 60 % del valor de tasación de la propiedad o del monto del presupuesto, el que fuera menor
* Para acceder al préstamo el cliente debe percibir la totalidad de sus haberes mediante su acreditación en una cuenta radicada en el Banco, con al menos un mes de acreditación previa a la liquidación del préstamo; recibirá -sobre la tasa de interés aplicable del [10,5]% (“TNA general”)- una bonificación sobre la TNA general (mientras cumpla la condición de acreditación de haberes). Dicha tasa de interés inferior constituirá una bonificación de [2] puntos porcentuales respecto a la TNA general. Si por cualquier causa que fuere no se cumpliera con la condición mencionada previamente, entonces el Banco tendrá el derecho –sin necesidad de notificación previa al cliente- de interrumpir el otorgamiento de la bonificación mencionada, dado que el beneficio mencionado de ningún modo importará la renuncia por parte del Banco a percibir la TNA general que corresponda aplicar para los períodos subsiguientes del préstamo hipotecario.
Ejemplo: préstamo hipotecario UVA con destino a adquisición de vivienda permanente, accediendo a la bonificación “plan sueldo”, por un monto de $ 10.000.000 en 180 meses, el valor estimativo de la primera cuota será de $ 98.473,00 Importes estimativos y referenciales, por considerarse el valor de la UVA al 09/10/2024 de $ 1198,30 publicado por el BCRA. Tasa Nominal Anual (“TNA”) 8,50%, Tasa Efectiva Anual (“TEA”) 8,84%, Costo Financiero Total Efectivo Anual (“CFTEA”) sin IVA 9,18 (el CFTEA incluye capital, interés, seguro de incendio de la vivienda hipotecada).